NOTIFAL/ Coro, Estado Falcón.- De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto de ley, estos son los aspectos más destacados de la norma que busca regularizar el mercado automotor nacional.
1.- La ley contiene 33 artículos y tiene como objetivo regular la compra y venta de carros nuevos importados o ensamblados en el país, así como a los vehículos con dos años de uso en el mercado nacional, contados desde el momento de su fabricación.
2.- La norma también busca regular la recompra y reventa de vehículos nuevos y usados con hasta dos años de fabricación.
3.- La ley contempla la creación de una Comisión Mixta de Precios, encargada de regular los precios de la compra y venta de los vehículos, tomando en cuenta variables como divisas otorgadas por Cadivi, costos, tributos y ganancias.
4.- Se contempla prohibir a toda persona natural o jurídica de ofertar en páginas web y medios de comunicación “vehículos automotores con valores mayores a los precios de venta sugeridos para las marcas y modelos que corresponden al último año”.
5.- Toda notaría o registro, deberán informar cada 6 meses al Indepabis los datos del comprador, el vendedor y el precio de la transacción de los vehículos con hasta dos años de uso.
6.-Las ensambladoras e importadoras de los vehículos deberán publicar la lista de precios sugeridos de los carros así como sus características internas y externas.
7.- Por su parte, las comercializadoras están obligadas a publicar la lista de espera de los compradores de vehículos en un lugar visible dentro de sus instalaciones.
8.- Las aseguradoras no podrán cubrir los vehículos nuevos o con hasta dos años de uso, por un valor mayor al precio de venta sugerido.
9.-Las agencias tampoco podrán obligar ni ofrecer la compra de accesorios para los vehículos.
10.-Como disposiciones transitorias, el anteproyecto prevé mantener en vigencia los precios de venta de carros sugeridos en el primer semestre de 2009. También obliga a las comercializadoras a devolver el dinero en un lapso de seis meses, en carros vendidos por encima del precio de venta sugerido.
1.- La ley contiene 33 artículos y tiene como objetivo regular la compra y venta de carros nuevos importados o ensamblados en el país, así como a los vehículos con dos años de uso en el mercado nacional, contados desde el momento de su fabricación.
2.- La norma también busca regular la recompra y reventa de vehículos nuevos y usados con hasta dos años de fabricación.
3.- La ley contempla la creación de una Comisión Mixta de Precios, encargada de regular los precios de la compra y venta de los vehículos, tomando en cuenta variables como divisas otorgadas por Cadivi, costos, tributos y ganancias.
4.- Se contempla prohibir a toda persona natural o jurídica de ofertar en páginas web y medios de comunicación “vehículos automotores con valores mayores a los precios de venta sugeridos para las marcas y modelos que corresponden al último año”.
5.- Toda notaría o registro, deberán informar cada 6 meses al Indepabis los datos del comprador, el vendedor y el precio de la transacción de los vehículos con hasta dos años de uso.
6.-Las ensambladoras e importadoras de los vehículos deberán publicar la lista de precios sugeridos de los carros así como sus características internas y externas.
7.- Por su parte, las comercializadoras están obligadas a publicar la lista de espera de los compradores de vehículos en un lugar visible dentro de sus instalaciones.
8.- Las aseguradoras no podrán cubrir los vehículos nuevos o con hasta dos años de uso, por un valor mayor al precio de venta sugerido.
9.-Las agencias tampoco podrán obligar ni ofrecer la compra de accesorios para los vehículos.
10.-Como disposiciones transitorias, el anteproyecto prevé mantener en vigencia los precios de venta de carros sugeridos en el primer semestre de 2009. También obliga a las comercializadoras a devolver el dinero en un lapso de seis meses, en carros vendidos por encima del precio de venta sugerido.
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