NOTIFAL/ Coro, Estado Falcón.- Este lunes 5 se dará inicio al proceso de postulación de los
aspirantes a los cargos de concejales y alcaldes, que los venezolanos
elegirán en los comicios del 8 de diciembre .
De acuerdo con lo establecido en el cronograma del Consejo Nacional
Electoral (CNE), hasta el 9 de agosto se admitirán las postulaciones
para este proceso electoral, en el cual los alcaldes y concejales serán
elegidos para un período de cuatro años.
El 8 de diciembre se elegirán 2.792 cargos, divididos entre 335
alcaldes o alcaldesas, un alcalde o alcaldesa Metropolitana de Caracas y
un alcalde o alcaldesa Distrital del Alto Apure y 2.455 concejales
municipales.
El proceso de solicitud de postulación es automatizado y las
organizaciones con fines políticos postulantes deben ingresar al sistema
automatizado que el Poder Electoral habilita ante cada proceso en
www.cne.gob.ve.
Al entrar al sistema deben cargarse los siguientes datos: Tipo de
organización; nombre de la organización con fines políticos; datos del
postulado: cédula de identidad, apellidos, nombres y sexo; y el nombre
que desee aparezca en la boleta electoral. No se permiten apodos ni
sobrenombres.
Al cumplir con este paso, el sistema arrojará una planilla que debe
ser impresa por triplicado y consignada a la junta municipal junto a los
siguientes requisitos:
1. Identificación de la candidata o el candidato.
2. Datos de identificación de cómo la candidata o el candidato aparecerá
en la boleta electoral.
3. Datos del domicilio del postulante.
4. Aceptación de la postulación por parte de la persona postulada.
5. Programa de gestión de la candidata o del candidato, en físico y
digital.
6. Autorización de los representantes legales de las organizaciones con
fines políticos que postulan.
7. Constancia de la selección de la candidata o el candidato por parte
de la organización con fines políticos.
8. Fotocopia de la cédula de identidad de la candidata o el candidato
postulado.
9. Constancia de inscripción en el Registro Electoral de la postulada o
el postulado.
10.Dos (2) fotografías en físico y digital, en el formato y con las
características que determine el Consejo Nacional Electoral, de la
candidata o el candidato.
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